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Madrid, Nacionales PP.Catalans :: 02/06/2023

El Supremo condena a Dani Gallardo a 4 años de prisión por una protesta de la sentencia del 'procés'

Mayte Piulachs
El Tribunal Supremo solo rebaja seis meses la condena inicial a Dani Gallardo, que le puede implicar la vuelta a la prisión

Nuevo castigo por una protesta independentista. El Tribunal Supremo ha condenado a Dani Gallardo a 4 años de prisión por los delitos de desórdenes públicos y atentado contra agentes de la autoridad, en una protesta en Madrid contra la sentencia del procés a los líderes catalanes, el 16 de octubre de 2019, según una resolución comunicada este jueves. La sala de lo penal de Tribunal Supremo tenía que revisar la condena inicial de Gallardo, de 4 años y medio de prisión dictada por la Audiencia de Madrid, y el TSJ de Madrid. El alto tribunal español solo le ha rebajado medio año la condena: el delito de desórdenes públicos lo rebaja de un año a seis meses, pero le mantiene los 3 años y medio por el delito de atentado contra la autoridad. Eso implica que Gallardo, si nada cambia, tendrá que volver a entrar en la prisión, donde ya estuvo un año en prisión preventiva por estos hechos.

En la resolución, el Tribunal Supremo afirma que Dani Gallardo y Elsa (condenada a un año de prisión) tienen que ser absueltos de los subtipos agraviados del delito de desórdenes públicos (llevar armas y actuar en una manifestación), pero tienen que ser condenados por el delito de desórdenes públicos del tipo básico, vigente en el momento de los hechos, y tienen que ser condenados a 6 meses de prisión.

Ataque al agente sin herirlo

No obstante, la sala mantiene la condena de 3 años y 6 meses de prisión a Gallardo por el delito de atentado contra agentes de la autoridad y lesiones leves. El alto tribunal español considera probado que mientras un policía intentaba retener a la otra acusada, Gallardo “lo pegó por la espalda repentinamente y de forma violenta, con un palo de madera de unos 90 centímetros de largo y 7 centímetros de ancho, con seis clavos, hasta dos veces a la cabeza del agente,” que llevaba un casco.

El tribunal sostiene que "a pesar de que la lesión originada haya sido leve, no evita la agravación; puesto que la acometida llevaba la suficiente peligrosidad para originar una grave afectación para la salud, tanto por la contundencia, como por el carácter invasivo de los clavos”. Añade que “afirmar que no había peligrosidad porque el agente llevaba un casco de especial protección (los clavos dejaron marca al casco, sin horadarlo), sería el mismo que aseverar que disparar a un agente que llevaba chaleco antibalas, no lleva peligrosidad porque no se le disparó al pecho.

Por todo esto, el Supremo le mantiene la pena inicial de 3 años y medio de prisión y multa de 600 euros por el delito de atentado contra la autoridad, y que indemnice al agente con 2.100 euros.

Palos y adoquines no son armas

En la resolución, el tribunal razona que Dani Gallardo y Elsa son autores de un delito de desórdenes público porque en el relato de hechos probados concurren todos los elementos: “Actuación en grupo, con violencia en las cosas y también en las personas, con el impedimento del goce del espacio público, al hacer barricadas". Descarta, pero, que se les aplique dos agravantes: la de usar instrumento peligroso y la de actuar en manifestación.


En concreto, el Supremo afirma que en el relato de hechos se indica que los manifestantes, en genérico, llevaban palos y adoquines, no los dos acusados. Además, precisa que “los adoquines y los palos no son armas, ni instrumentos”, como detalla el redactado del delito en el Código Penal, y por eso lo descarta. Añade, que el grupo de 80 personas de la protesta, que después se reduce, tampoco se puede considerar "numeroso" para aplicar la agravante de actuar en una manifestación.

Por el contrario, sí que considera que el palo con el cual se asegura que Dani Gallardo pegó al agente es “una agravante” porque en el delito de atentado contra la autoridad se define llevar “armas u objeto peligroso”, no instrumento como en los desórdenes.

La ejecución de la pena

Dani Gallardo podría presentar ahora recurso de amparo al Tribunal Constitucional para parar la ejecución de la condena, a pesar de que no es automático. La Audiencia de Madrid es quien tendrá que resolver la ejecución. Uno de los dos delitos por los cuales ha sido condenado supera los dos años de prisión, y esto hace difícil la suspensión de la pena. No obstante, hay que descontarle que ya ha estado un año en prisión preventiva. Los tribunales tienen la última palabra.

Bona tarda a tothom, avui fem una crida d'emergència pel company Dani Gallardo.
Represaliat que portem des daquest mateix grup de suport.
Gràcies per la vostra solidaritat!👇https://t.co/zsgnB49yBT@XarlyRF @DaniAbsolucio @LoSedi1312 @marionafood @carmelocotnmadu @NotXelj pic.twitter.com/GLdh2iIfso

— Grup de suport Joel #freexelj (@JAbsolucio) April 16, 2023

Recientemente, el Grupo de Apoyo de Dani Gallardo y él mismo, hablando en catalán, pedía la colaboración ciudadana para hacer frente económicamente a este proceso penal.

https://www.elnacional.cat/es/politica/supremo-condena-dani-gallardo-4-anos-prision-protesta-sentencia-proces_1037202_102.html

 

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